Los recaudos que se presentan a continuación, son los que
generalmente solicita, El Registro Inmobiliario de su jurisdicción al momento
de protocolizar un contrato de compara-venta.
1.- Introducción del documento de compra-venta visado por un
abogado colegiado, acompañado de timbre fiscal correspondiente.
2.-Fotocopia del documento de condominio.
3.- Registro de vivienda principal, en caso de no poseerlo
cancelar el impuesto de 0.5% del valor de la venta.
4.- Certificación de gravamen.
5.- Solvencias (derecho de frente, hidro-capital, aseo)
6.- Registro de información fiscal (RIF) vigente del
vendedor y del comprador.
7.- Cedulas Vigentes O pasaporte vigente del vendedor y del
comprador.
8.- Liberación de hipoteca registrada.
Para proceder a los trámites el interesado debe dirigirse:
En el caso del RIF a la sedes del SENIAT.
Solvencia derecho de frente a la alcaldía correspondiente a
su jurisdicción.
Registro de vivienda principal a la sede del SENIAT.
Solvencia de Hidro-capital a la sede correspondiente a su
jurisdicción.
Solvencia de aseo a la sede correspondiente a su
jurisdicción.
Para realizar estos trámites debe hacerlo con suficiente
tiempo ya que son bastante engorrosos y largos, por lo cual se necesita como mínimo
un mes para su obtención.
Lic : Morela Andrea.
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